Así como el Corán ha tomado un cuidado especial
respecto de los no-musulmanes en lo que se refiere a sus derechos
legales, les concede plena libertad en lo que a fe se refiere,
actividad económica, propiedad, seguridad social, y preservación
de su cultura y sus tradiciones.
1) Se les ordena a los musulmanes observar las condiciones de
sus pactos y tratados realizados con los no-musulmanes y nunca
violarlos (al-Ma’idah:1, al-Nahl:91; al-Ahzab:15; at-Tawbah:4
y 7; Banu Isra’il:34; al-Baqarah:177; ar-Ra’d:20; al-Mu’minun:8
y 9; al-Ma’ariy: 32). Se prescribe un principio fundamental: mantener
las promesas y cumplir con los pactos es una característica
de un verdadero Musulmán. Esta norma incluye a los pactos
con los no-musulmanes también. Ali (P) incluyó a los no-musulmanes
también entre los ciudadanos comunes que pagan impuestos o tributo
(yiziah). Respecto a los pactos con un enemigo, él le aconseja
a Malik Al-Ashtar:
“...Si tu enemigo te invita a firmar un tratado aceptable para
el Señor, nunca deberás rechazar tal oferta, porque
la paz llevará descanso y alivio para tu ejército, te aliviará
de preocupaciones y ansiedades y llevará prosperidad y
abundancia a tu gente. Pero aún después de tal tratado,
cuídate del enemigo. No deposites demasiada fe en sus promesas
porque a menudo, recurrirá a la paz y a los tratos para
embaucarte y engañarte, sacando ventaja de tu confianza
y descuido. Al mismo tiempo, sé muy cuidadoso. Nunca faltes a
la palabra dada al enemigo, nunca reniegues de la protección
o apoyo que le has ofrecido, nunca te vuelvas atrás en
tu palabra y nunca violes los términos de un tratado. Debes arriesgar
incluso tu vida para cumplir con las promesas y los términos establecidos,
porque de todas las obligaciones que el Señor Todopoderoso
le impuso al hombre (en relación a los otros hombres),
no hay ninguna tan importante como la de mantener una promesa
que se ha hecho. Aunque las personas puedan diferir en sus religiones
e ideologías y puedan tener divergentes criterios sobre
los variados problemas de estado, todas concuerdan en que la promesa
hecha debe ser cumplida. Aun los paganos se cuidan de mantener
las promesas hechas entre ellos, porque han visto y han notado
los efectos perniciosos de promesas hechas y rotas. Por tanto,
ten particular cuidado de las promesas hechas; nunca te retractes
de la palabra que diste, nunca ataques o comiences una ofensiva
sin un previo desafío y sin dar un ultimátum. Un
fraude o decepción, aun en contra de tu enemigo, es una
decepción contra Dios y nadie, salvo los miserables pecadores,
se atreverían a hacerlo...”
[1]
.
En la misma carta, él escribe:
“...Recuerda Malik que hay dos tipos de personas: aquellas que
tienen tu misma religión y son tus hermanos, y aquellas
que profesan otra religión y que son seres humanos como
tú. Hombres de una y otra clase padecen de las mismas debilidades
e incapacidades que se heredan en la carne, pecan y dan rienda
suelta a sus vicios, ya sea intencional o involuntariamente, sin
darse cuenta de la enormidad de sus actos. Deja que tu misericordia
y compasión los rescate y los ayude de la misma manera
que tú esperas que Dios te demuestre Su misericordia y
Su perdón...”
[2]
.
Los derechos de los no-musulmanes que viven en un estado Musulmán
están comprendidos en las instrucciones antes mencionadas;
sus vidas deben ser protegidas y se prohibe su derramamiento de
sangre. El versículo 58 de Al-’Anfal y los versículos
90-94 de An-Nisá incitan a los musulmanes a aceptar cualquier
oferta de paz por parte de los no-musulmanes con la promesa divina
de que si ellos se proponen obrar traicioneramente, Dios protegerá
a los Musulmanes.
2) Los Musulmanes deben cuidar de los dhimmis o ahludh dhimmah,
es decir, los no-musulmanes que se encuentran bajo la protección
de un Estado Musulmán de acuerdo a un pacto de dhimmah.
Un dhimmi es libre de cumplir el pacto de dhimmah o dejar el Estado
Musulmán. No hay compulsión ni coerción en
este sentido.
El Allamah Al-Hilli sostiene que este pacto no es invariablemente
obligatorio para un no-Musulmán
[3]
, sino que es un pacto bilateral. Los Judíos, Cristianos
y Zoroastrianos son amparados por este pacto, pero los Sunnis
incluyen a todos los no-musulmanes también bajo el pacto de dhimmah.
El pacto realizado con los Cristianos de Sana’ por el Profeta
(BP) y escrito por Ali (P), declaró que todos los Cristianos
que vivían en Oriente y Occidente, ya sean Arabes o no-Arabes,
son amparados por él; cualquiera que los ataque será considerado
como que ataca a los musulmanes, y si un musulmán lo viola,
ya sea él un funcionario o una persona corriente, él será
desleal al Islam. De acuerdo a esto, los musulmanes fueron considerados
responsables de proteger la seguridad de los Cristianos y fueron
obligados a defenderles con sus propias vidas. Los dhimmis no
serían obligados a pagar ningún otro impuesto excepto
el tributo que ellos habían convenido pagar voluntariamente;
sus sacerdotes están exentos de pagar yiziah; a los ricos
y los mercaderes entre ellos no se les requeriría el pago
de ningún impuesto adicional; ninguno de ellos sería
forzado a combatir en las batallas; serían tratados de
la mejor manera posible; y cualquier cosa que les ocasionara daño
o perjuicio sería evitado
[4]
. También se concluyeron tratados similares con la gente de
Ila (‘Aqabah) y Nayran
[5]
.
3) Los dhimmis deben pagar yiziah solamente, y están obligados
a cumplir con las leyes Islámicas pertinentes a los asuntos
judiciales y cuestiones penales, los cuales son aplicables para
todos los ciudadanos por igual
[6]
. Ello significa que los no-musulmanes, en relación
a los asuntos legales, gozan de igualdad con los musulmanes. Fue
a causa de este derecho a la igualdad que un cristiano pudo rebatir
al Califa en la corte de justicia, donde además la situación
era falsa, como se describió anteriormente.
Yiziah es un compromiso financiero por parte de los dhimmis en
conformidad con el mandato Coránico (At-Tawbah: 29). De
acuerdo al Shaij At-Tusí, el monto del yiziah no es fijo;
puede ser estipulado por los gobernantes Musulmanes tomando en
consideración el producto y beneficio de las tierras de
los dhimmis, o determinado en relación a la capacidad de
cada individuo. Amir Al-Mu’minin (P) impuso un impuesto de 48
dirhams sobre los ricos, 24 sobre la gente de clase media, y 12
sobre los pobres
[7]
.
El tributo es un término usado tanto para yiziah como para Jarash,
las cuales fueron confundidas unas con otras. Yiziah es el impuesto
per cápita, mientras que el Jarash es un impuesto de tierra
colectivo. Si uno de ellos es impuesto, el otro no es recaudado.
Fue el segundo Califa solamente quien impuso ambos impuestos simultáneamente,
lo que extravió a algunos fuqaha’ y orientalistas musulmanes
a creer que ambos eran recaudados de los no-Musulmanes
[8]
. En el caso de que un dhimmi abrazara el Islam, él era eximido
del yiziah (y pasaba a corresponderle el pago del Zakat y del
Jums).
Amir al-Mu’minin (P), en su carta a Malik al-Ashtar, le ordena
ser considerado respecto a la condición de los granjeros
en la renta de las tierras, siempre teniendo en cuenta el bienestar
de los contribuyentes. En su opinión debe atribuirse mayor
importancia a la fertilidad de la tierra que a la recaudación
de los impuestos, porque la capacidad actual gravable de la gente
se basa en la condición de la tierra. El advierte que un
gobernante que no presta atención a la prosperidad de sus
subordinados y a la fertilidad de la tierra, sino que se concentra
sólo en la extracción de la renta, desbasta a la
tierra, arruina al Estado, atrae la destrucción sobre las
criaturas de Dios, y su gobierno no puede permanecer mucho tiempo.
En caso de calamidades naturales y accesos de lluvias o sequía
y destrucción de cosechas, el impuesto debe ser reducido
o, si las condiciones lo hacen necesario, totalmente eximida durante
cierto tiempo. El también recomienda proveer todas las facilidades
a los granjeros, ya que la mejor inversión para un gobernador
es ayudar a sus subordinados en tiempos de dificultad. Es de hacer
notar que fueron principalmente los no-musulmanes los que participaban
en la labranza de la tierra en aquellos días, ya que los
musulmanes mayormente participaban en el ejército y en la defensa
del Estado. La indulgencia en recaudar los impuestos es un recurso
para ganar la confianza y la estima de los dhimmis, lo que, en
caso de una crisis demostraría ser un beneficio y una fuente
de poder para el gobernante. Ali (P) quería que los gobernantes
musulmanes se comportaran de manera diferente a aquella clase
de gobernantes descritos en el Corán como acarreadores
de desviación en la tierra y miseria sobre la gente (An-Naml:
34). La pobreza de la gente, en su opinión, es la causa
presente en la desbastación y ruina de un país.
Independientemente de las condiciones extraordinarias, también
en condiciones normales, ciertas categorías de subordinados
no-musulmanes fueron exentos del yiziah y del Jarash, tales como
los menores, los pobres, los ancianos, las personas incapacitadas
e insanas
[9]
. A las mujeres no les compele el pago de yiziah. Las
casadas de entre ellas tienen derecho a todos los derechos de
ciudadana basándose en el pago del impuesto de sus esposos,
mientras que las solteras están eximidas debido a los derechos
de ciudadanía de sus padres y tutores. Todo tratado que
impone yiziah sobre las mujeres es nulo e inválido desde
el punto de vista Islámico
[10]
. Además de los desastres naturales u otras calamidades,
también en algunas otras circunstancias los no-musulmanes están
eximidos del pago de yiziah. Estas son: cada vez que los musulmanes
sienten que les es imposible cumplir con sus obligaciones para
con los dhimmis; cada vez que los musulmanes consideran la exención
como un instrumento para crear y fomentar mejores relaciones entre
las comunidades musulmanas y los no-musulmanas; cada vez que los
musulmanes tengan necesidad de procurar su participación
activa en la guerra; y cada vez que alguno de ellos abrace el
Islam
[11]
. En la mayoría de los países bajo el
gobierno de musulmanes la yiziah no fue recaudada en absoluto;
por ejemplo, en India la mayoría de los gobernantes, con
unas pocas excepciones, no imponen la yiziah sobre los no-musulmanes.
Awrangzeb ‘Alamgir, el emperador Mogol, la impuso en su reino,
pero probó estar en contra de los intereses del imperio
musulmán y ser contraproducente.
Los dhimmis y otros no-musulmanes leales al Estado Musulmán
gozan de libertad de culto y adoración. Sus lugares de
adoración son protegidos
[12]
. Ellos usualmente han recibido generosas concesiones
de parte de los gobernantes Musulmanes. A pesar de que ellos tienen
los mismos derechos legales, son libres de remitirse en sus litigios
internos a sus propias autoridades religiosas
[13]
. A ellos se les otorga todos los derechos concedidos a los
ciudadanos Musulmanes, es decir, el derecho a educación
y divulgación de conocimiento, libertad de pensamiento,
el derecho a propiedad, el derecho a participar en la actividad
comercial, la agricultura, industria, y cualquier actividad honorable.
Ellos son tratados igualmente en los asuntos sociales y son respetados
[14]
. Ash-Sharif Ar-Radi compuso elegías como tributo a
su amigo y maestro, As-Sabi’, un eminente poeta y sabio Cristiano.
Los no-musulmanes han servido en las cortes musulmanas como ministros,
administradores, contadores, secretarios, y embajadores. Ellos
también se distinguieron durante los regímenes Musulmanes
como científicos, físicos, profesores, hombres de
letras, artistas, comerciantes, industriales, banqueros, etc.
Incluso a las democracias seculares de hoy no les es posible asegurar
todos estos derechos y libertades a sus minorías. Al mismo
tiempo que los Estados Musulmanes pudieron asegurar estos derechos
a sus subordinados no-musulmanes, nosotros raras veces encontramos
en su historia incidentes de conflictos y disturbios al respecto.
La Constitución de la República Islámica
de Irán establece en el artículo 23 del Capítulo
III: “La indagación de las creencias de los individuos
está prohibida, y nadie puede ser molestado o censurado
por sostener una cierta creencia”
[15]
.